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Por lo general, las comunidades urbanas marginadas tienen un origen irregular. Esto significa que se trata de terrenos fraccionados ilegalmente y que, por lo tanto, no contaban con los servicios necesarios para las viviendas. La lucha de estas comunidades para obtener servicios (agua, drenaje, luz) puede durar años y cuando ya cuentan con el servicio de agua, generalmente son las primeras en sufrir los problemas de escasez. En México, más de 75% del agua dulce de que se dispone se usa en actividades agrícolas, y de esta agua, 57% se pierde o desperdicia por utilizar métodos o una infraestructura ineficaces de riego. Si se mejoran los sistemas de riego y el desperdicio de agua disminuye, esa agua ahorrada no debiera aplicarse para extender la frontera agropecuaria, cuyo crecimiento desmedido es el mayor responsable de la pérdida de bosques y selvas en nuestro país, a un ritmo de más de un millón de hectáreas cada año (equivalente al tamaño del estado de 39 40 41 Querétaro). El uso agropecuario incluye los usos agrícola, pecuario, en acuacultura y los múltiples. 39 La Ley de Aguas Nacionales (LAN) define el uso agrícola como la aplicación del agua nacional para el riego destinado a la producción agrícola y la preparación de ésta para la primera enajenación, siempre que los productos no hayan sido objeto de transformación industrial. 40 La LAN define el uso pecuario como la aplicación de aguas nacionales para la cría y engorda de ganado, aves de corral y otros animales, y su preparación para la enajenación siempre que no comprendan la transformación industrial; no incluye el riego de pastizales. 41 El uso en acuacultura es definido por la LAN como la aplicación de aguas nacionales para el cultivo, la reproducción y el desarrollo de cualquier especie de la fauna y flora acuáticas.
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