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acatar a cada uno de los órdenes de gobierno en materia ambiental, así como las instituciones encargadas de aplicar las medidas correctivas. Un segundo aspecto, tanto de la legislación federal como estatal en materia de regulación ambiental es la relación que se hace entre residuos sólidos urbanos con recursos económicos es por ello, que en el marco normativo se enfatiza la necesidad de buscar fuentes alternativas de financiamiento para la prestación del servicio público de recolección de basura y su disposición final para lo cual se prevé la posibilidad de concesionar este servicio a la iniciativa privada. Asimismo, se estipula que los residuos sólidos una vez recolectados son propiedad de los ayuntamientos y éstos pueden disponer de ellos conforme consideren conveniente. De esta forma los ayuntamientos pueden encontrar en la basura un mecanismo que las permita generar recursos económicos alternos al público, como por ejemplo la producción de composta que puede ser utilizada como fertilizantes en los campos agrícolas o la producción de gas que puede ser utilizado como gas natural o para producir electricidad. En el ámbito estatal, la Ley de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente en Sonora aún no esta reglementada. Este interés plasmado en el marco normativo referente a la concesión de servicios públicos a la iniciativa privada presupone que el mercado es el instrumento más eficaz para prestar servicios básicos a la sociedad y que, el mercado va a satisfacer las demandas de la sociedad tanto en términos de eficiencia, eficacia y calidad en los servicios. Un tercer aspecto a destacar, está relacionado con la participación ciudadana y la preocupación estipulada en la legislación ambiental por incorporarla en la elaboración y ejecución de la política ambiental y en la GIRSU. Finalmente, es importante mencionar que de los tres Reglamentos de Limpia que es donde se encuentran las disposiciones que los organismos encargados de prestar el servicio de recolección de basura deben cumplir, dos de ellos tienen cerca de 20 años de vigencia. En la tabla 2 se resume la normatividad vigente, las definiciones y tipos de basura de las distintas leyes, los niveles de gobierno responsables así como las principales reglas que se tienen que observar. 63
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