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1. Las normas internacionales de propiedad intelectual e industrial, entre las que se encuentran el Convenio de París, el Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT) y el Acuerdo sobre los Aspectos de la Propiedad Intelectual 15 relacionados con el Comercio (Acuerdo ADPIC) . 2. El Sistema de Propiedad Industrial en sentido estricto, que comprende el conjunto de instituciones, leyes, reglamentos, decretos y ordenamientos administrativos expedidos por el Estado con el objetivo de proteger todas las modalidades que conforman la propiedad industrial reconocidas dentro de su territorio, generalmente comprenden las patentes, modelos de utilidad, diseños industriales y signos distintivos entre otras. Entre estos dos niveles existen relaciones de influencia recíproca, además reciben el impacto de la actividad del sistema económico donde actúan (Álvarez 1979, 41). 3. Convenio de París y la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual El Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial es el convenio más importante y más antiguo administrado por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) en materia de propiedad industrial. En este apartado solo se desarrollarán las normas internacionales relacionadas estrictamente con las patentes y, de manera conjunta, las leyes nacionales y el sistema local mexicano. 15 Solamente se mencionan las normas internacionales relacionadas con las patentes. Además del Convenio de París, del PCT y del Acuerdo ADPIC, existen, por ejemplo, el Arreglo de Madrid para las marcas, el Arreglo de la Haya para los diseños industriales y el Arreglo de Lisboa para las denominaciones de origen, entre otras. 39

