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que sí, porque, pensábamos que no iba a haber ningún 84 problema” . La razón más fuerte que sustentaba su desinterés a pensar en los ejidatarios o habitantes aledaños, antes de que se desencadenara el conflicto, fue porque como los pozos eran de un particular el cual tenía, a su ver, todo el derecho de vender, usar o rentar el agua a su disposición a quien a él más le conviniera. Es decir, según el ejemplo dado por Martínez, que si alguien tiene una casa y quiere vender su casa, ni el vecino de uno u otro lado o toda la colonia, tienen por qué ponerse en contra del derecho que tiene esa persona de hacer con su bien, con su título, con su propiedad, lo que éste mejor le parezca. No obstante, el director de Agua de Hermosillo, no consideró el hecho de que lo que se les estaba vendiendo no era una propiedad material como lo es una casa, en la que en la que si se le cae el techo, al vecino no le afecta, si entran a robarle por las noches, mientras al vecino no le roben nada, no le afecta y son precisamente las cosas materiales las que están a la vista de todos y que se pueden “regular” o “controlar” de alguna manera, pero un recurso natural como lo es el agua de un acuífero, ése, aunque existen normas de regulación y de medición, es algo que la gente no puede estarlo vigilando a simple vista, y es un recurso que extraído de un acuífero del cual, no es solamente el propietario de los pozos “Las Malvinas” y “La Tijera” el que extrae agua de él, sino que la zona oriente de Hermosillo y parte de San Miguel de Horcasitas, también hacen uso de esa agua, extrayéndola cada uno desde el pozo de donde se tenga autorización de la CNA. Pero si 84 Enrique Martínez Preciado, (Marzo 2007) Entrevista.

