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la localización y la destrucción de sembradíos, aplicando para ello técnicas, métodos, equipos y productos, es decir, la tecnología para cumplir cu cometido. El narcotráfico elige como terrenos para siembra zonas serranas o de difícil acceso, por lo que la primera fase de la actividad de esta Dirección General (y en sí de la PGR) se hace mediante la utilización de aeronaves. Sin embargo, debido a que los reconocimientos son hechos a baja altitud, se expone al piloto y al avión (o helicóptero) a las agresiones de arma de fuego o incluso a tendidos de cable que se elaboran sobre el sembradío con la intención de derribar el vehículo de reconocimiento. 65 Desde la “Operación Cóndor” , se vio en la fumigación de los sembradíos la opción para controlar la producción de droga. En atención a la recomendación de un panel de expertos de Naciones Unidas que para efectos de nuestro estudio es otro actor que tiene injerencia desde el exterior en la manera de plantear las políticas contra el narcotráfico en nuestro país en 1976 durante la administración de José Luis López Portillo, se dijo que tres son los herbicidas que se pueden utilizar para la destrucción de marihuana y amapola principalmente: Glifosfato, Paraquat y 2.4D. México utiliza principalmente actualmente el segundo, que es un herbicida que en horas se inactiva con los sedimentos del suelo, es decir, mata a la planta, pero se inactiva con el suelo. Con ello, plantemos la necesidad de entender que si bien Estados Unidos es el actor institucional con mayor participación en la modificación de las políticas mexicanas de seguridad pública, otros actores supra nacionales, como Naciones Unidas, cuentan con el suficiente “capital institucional”, como para influenciar, del mismo modo que nuestro vecino del norte, la lucha contra el narcotráfico, apareciendo en el ambiente institucional como un actor más, y que México les permite dicha injerencia, es decir, hace ajustes marginales en razón de la preferencia, como dice North, de pertenecer a un organismo internacional que brinda otro tipo de beneficios (en materia de derecho internacional). 65 A la que hicimos alusión en el segundo capítulo de este trabajo. 106

