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Un enfoque institucionalista... trabajo y estableció un régimen de especies reservadas para ser explotadas exclusivamente por las recién formadas cooperativas (Soberanes, 1994). • El 30 de diciembre de 1938 fue publicada la Ley de Pesca en Aguas Territoriales Mexicanas del Océano Pacífico y Golfo de California, la cual decretó que para realizar actos de pesca comercial era necesario obtener un permiso previo para cada viaje y embarcación, y tramitar un despacho denominado “Vía de Pesca”, los permisos generales de pesca se tramitarían en las oficinas del Departamento Forestal y de Caza y Pesca ubicadas en Ensenada, en San Diego y en San Pedro California (Soberanes, 1994). • En 1940 el presidente Lázaro Cárdenas expidió el decreto donde reservaba a las sociedades cooperativas integradas por pescadores nacionales, la explotación del camarón en aguas nacionales. Esta etapa es muy importante ya que sienta las bases del posterior desarrollo de las pesquerías en México y en especifico, de la pesquería de camarón de alta mar en el LPM, pero al ser una actividad en ciernes en aquellos momentos no existen registros disponibles del número de embarcaciones en la pesquería que nos atañe, el único dato al que se tuvo acceso es el de la temporada 39 – 40 donde se registran 20 barcos mayores dedicados a la explotación del camarón en el puerto pesquero de Guaymas, Sonora. 3.2. Etapa de fomento de la actividad pesquera (1950 – 1981). El 13 de febrero de 1950 se constituyó la Cámara Nacional de la Industria Pesquera y con esto se inauguró un nuevo periodo en el desarrollo de las pesquerías a nivel nacional. En esta nueva etapa el énfasis ya no es la apropiación y socialización de los recursos marinos vivos sino su aprovechamiento creando economías de explotación alrededor de ellos. 39

