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63 ELCOLEGIOt>t SONORA Transferencia del Distrito de Riego 037, Altar-Pitiquito-Caborca Otra prescripción que tenía la finalidad de procurar la conservación del Distrito de Riego, se encuentra en el anexo número 5 del Título, esto es, el Instructivo de Operación, Conservación y Administración. Ahí se establecía que los usuarios deberían mantener los equipos de bombeo en condiciones de eficiencia mayor al 60% para lograr un uso eficiente del agua y la energía eléctrica. Asimismo, deberán seguir un programa de mantenimiento preventivo, el cual implica la intervención de personal capacitado, tanto en la supervisión de la CNA como en la ejecución del mismo a cargo de los Usuarios. Para cumplir con lo anterior, la CNA tiene el deber de emitir el Manual de Mantenimiento y Conservación de Pozos Profundos y Plantas de Bombeo. Sin embargo, el reglamento10 de la ASUDIR no retomó dicho establecimiento, por lo que a casi diez años de la transferencia del Distrito de Riego, dicho documento no existe. Dentro de la normatividad existente en el Distrito de Riego, sin duda el Programa de Reducción de Extracciones que acompaña el Título de Concesión, ha sido uno de los elementos más importantes que se plantearon para tratar de mantener el equilibrio del manto. Dicho programa ha tenido por objeto reducir las extracciones gradualmente de 798 millones de metros cúbicos al año a 300 millones, cantidad que oficialmente se manejó como recarga natural del acuífero. No obstante, la ASUDIR propuso que el Plan de Reducción de extracciones fuera modificado para extender el plazo de vencimiento establecido para lograr el equilibrio (entre extracciones y recarga natural) por dos años más. Durante el período de dos años, no habría reducciones adicionales en las extracciones que se requerían. Durante esos mismos años, el gobierno acordaría la investigación para el mejoramiento de la infraestructura, tal como la adopción de 10 En 1997, la ASUDIR crea el reglamento del Distrito de Riego 037, no obstante, fue ampliamente discutido por los usuarios antes de someterlo a la votación y aprobación de la AGA. Es hasta el 30 de 63
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