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de mayo en Cuernavaca. El 27 de enero de 1835, Santa Anna recibió licencia para
ausentarse del ejecutivo, quedando interino el general Miguel Barragán, esa fecha el
congreso decretó desconocer al vicepresidente Gómez Farías. El sistema federal fue
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sustituido gradualmente por un régimen centralista, por lo que los estados pasaron a ser
departamentos y toda iniciativa de ley de las legislaturas locales queda sujeta a la
aprobación por el Congreso, que decretó la recaudación obligatoria de la mitad de las rentas
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de los departamentos; la clausura de los puertos que contaban con aduanas para el
comercio marítimo como una forma de eliminar el contrabando; sujetar el poder que los
militares ejercen en el armisticio nacional con la reducción de las milicias, útiles para
la protección de los departamentos fronterizos con “tribus bárbaras”. Tales
disposiciones se interpretaron por los territorios como una pérdida de la soberanía y una
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concentración del poder político y administrativo en ciudad de México.
El 23 de marzo el general Juan Álvarez lanzó el plan de Texca a favor de la
reposición de las autoridades que fueron removidas a partir del plan de Cuernavaca;
también la legislatura de Zacatecas increpó al poder ejecutivo por la reducción de
milicias cívicas y dio inicio un movimiento en el que Francisco García acaudillaba más de
cinco mil hombres al momento de ser tomada su capital por las huestes santanistas el 16 de
44 Los otros candidatos eran Nicolás Bravo y Luis Quintanar; en Elección de presidente Interino; en AGPJES, RC, t.2,
Ciudad de México, 27 de enero de 1835.
Según Reynaldo Sordo, los diputados del “partido del orden” se aliaron a los Santanistas para promover el cambio de
sistema de gobierno, así, Francisco Manuel Sánchez de Tagle, José María Cuevas, Ignacio Ansorena, Carlos María
Bustamante, Miguel Valentín y Rafael Berruecos confrontaron a los federalistas Bernardo Couto, Pedro Maga, Pedro
Ramírez, Guadalupe Victoria, entre otros (2012, 128-129).
45 Ley Número 1626, sobre gobernadores de los Estados, jueces, tribunales y empleados de ellos, cesación de sus
legislaturas, y establecimiento de juntas departamentales; en AGES, FE, t.54, exp.32, doc.034729, México, 3 de octubre
de 1835.
46 La falta de recursos ocasionó la suspensión del cumplimiento de los convenios de paz que tenían con tribus indígenas
hostiles cómo los apache -consistía en proveer alimento y tierra con la condición de no sobrepasar el límite impuesto por
la fuerza presidial-que ocasionaron depredaciones durante décadas; en Gobierno Supremo de Sonora; en AGPJES, RC,
t.2, Arizpe, 31 de marzo de 1835.
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