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física o autoridad gubernamental. Aunque su mayor registro podría provenir de los relatos de las personas, sea desde la víctima o terceras personas, por medio del registro desde datos oficiales es posible constatar el acto que expresa y las voces de los migrantes que permitan expresar el acontecimiento del acto de carácter ilícito. Pero sólo desde la complementariedad desde distintas fuentes de información es posible expresar el tipo de acto más recurrente y el acontecimiento de los delitos en la carretera federal 015 “D” y 002 “D” hacia los migrantes y los niños, niñas o adolescentes migrantes no acompañados. Lesiones, asalto, cohecho, abuso de autoridad, detención ilegal, extorsión, tráfico de personas, entre otros delitos encuadran en el catálogo delictivo que podría acontecer durante el tránsito de migrantes en esta ruta migratoria. Santa Ana y Altar presentan registros de los delitos cometidos en contra de las personas. Su registro no diferencia entre migrantes y no migrantes, sólo expresa el índice de los delitos perpetrados en contra de las personas. De los delitos a nivel federal, en Santa Ana se contabiliza el delito de “Violación a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos”, y “Delitos contra la Salud”; mientras que Altar presenta “Violación a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos”, “Delitos contra la Salud” y “Violación a la Ley de Migración”, cometidos en contra de las personas y los migrantes, incluidos los niños, niñas o adolescentes migrantes no acompañados. 110 A                                                                                                                                                                                       siguientes caracteres. 1o. Solamente puede querellarse el ofendido o su legítimo representante. En cambio puede presentar denuncias cualquier persona, y 2o. La querella se da únicamente para los delitos perseguibles a instancia del ofendido, a diferencia de la denuncia que se emplea para los delitos que se persiguen de oficio, en consecuencia, la querella es el medio legal que tiene el ofendido para poner en conocimiento de la autoridad, los delitos de que ha sido víctima y que sólo pueden perseguirse con su voluntad y, además, dar a conocer su deseo de que se persigan”. 110 En cuanto a los delitos del orden federal o delitos federales, la solicitud de información ante la Procuraduría General de la República con número de folio 0001700003713 se registraron como denuncias y querellas en los municipios de Santa Ana y Altar, del 1 de octubre del 2010 al 1 de noviembre del 2012. En la cual se hace mención de los delitos registrados; sin embargo, no es posible contar con un índice de los delitos contabilizados en dichos municipios. Atento a lo indicado en esta solicitud de información que reza: “Por su parte la Coordinación de Planeación, Desarrollo e Innovación Institucional, por conducto de la Dirección de Estadística, informó lo siguiente: "...me permito mencionar que el sistema estadístico contabiliza datos de los ilícitos federales a nivel Estado, por lo que no posee información desagregada a nivel municipio. No obstante 154
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