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y el Procurador afirmaron que “no fabricarían más culpables” (El Imparcial 8 de junio), y

                  que “investigarían sin prisa para no caer en falsas acusaciones e ir con pruebas en manos”. el


                  16 de junio, el Gobernador del Estado no sabía el paradero de los socios  de la guardería;

                  posteriormente se declaró incompetente para procesarlos argumentando que  el Juez Primero


                  de Distrito, en materia penal del Sonora, le había negado la competencia para consignarlos

                  según  el artículo 50 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el cual dicta que


                  son delitos del orden federal, “los perpetrados con  motivos del funcionamiento de un servicio

                  público federal, aunque dicho servicio esté descentralizado o concesionado”.



                  Daniel  Káram  sólo  los  involucró  cuando  anunció  la  demanda  en  contra  de  ellos  y  del

                  Gobierno  de  Estado,  por  las  presuntas  negligencias  presentadas  en  el  oficio  23180,  sin

                  embargo, la demanda no volvió a ser mencionada en los medios de comunicación. El oficio


                  23180 fue benéfico para actores de ambas coaliciones y para los socios de la guardería:

                  permitió sacar los nombres de los socios de la guardería del ruedo meditativo y centrarlo en


                  la figura de Marcelo Meouchi, una figura que ya no era parte de la sociedad ABC. De hecho,

                  antes de que la PGR atrajera el caso, la única orden de aprehensión que se había girado era


                  la de Marcelo Meouchi, y no hay registros de que se haya presentado a declarar. Cuando la

                  PGJE ya no figuraba en el caso, la PGR giro órdenes de aprehensión al resto de los socios,

                  pero éstos ya estaban en calidad de fugitivos y habían tramitado una suspensión provisional


                  para ser detenidos; al IMSS y a la PGR les daban elementos para procesar a funcionarios de

                  medio y bajo nivel y deslindar a funcionarios altos del IMSS, tal como se hizo. Le proveía al


                  IMSS la oportunidad de no fincar la responsabilidad en la política de la subrogación, sino en

                  los errores humanos de quien firmó el oficio, las coordinadoras y el exsocio de la guardería


                  al que iba dirigido el oficio ya no formaba parte de la sociedad; al Gobierno del estado de




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