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repartimientos de tierras y la posibilidad de establecer contacto con el Obispo de Durango, 44 para lograr acuerdos relativos a la secularización de misiones y erección de curatos. Pedro Corbalán que asumió el cargo interino de gobernador en los años de 1770- 1772 y 45 posteriormente en 1777-1787. Las intendencias tenían asignadas una gran variedad de funciones especificadas en la Real Ordenanza de 1786, aspectos relacionados directamente con el control económico, social y político de las provincias, prácticamente se podría inferir que funcionaban como administradores de las mismas y sobre ellos recaía la responsabilidad de mantener la paz entre los pueblos. Como podemos apreciar las instrucciones dadas a Corbalán por el virrey eran facultades propias de un representante del Real Patronato, considerando que las funciones de los intendentes en estas regiones aunque no estuvieron definidas hasta 1786, representaron un gran avance para la puesta en marcha del proyecto transformador de la vida social, política y económica de las provincias de Sonora y Sinaloa, al menos mientras se autorizaba la erección de la Comandancia General de las Provincias Internas. Posteriormente en 1788, cuando la Comandancia General fue transformada en “Internas de “occidente” y “de oriente” con dos jefes encargados del aspecto militar y bajo la dependencia del virrey, se dispuso “fueran los intendente y gobernadores de las distintas provincias los que se 46 hicieran cargo de lo político, económico, de justicia, Hacienda y Real Patronato”. En su jurisdicción, los intendentes tenían la facultad de ver por el control de los bienes económicos de la Corona. En este sentido podían intervenir en los ayuntamientos para supervisar los recursos económicos, en los pueblos de indios, para reglamentar y controlar el empleo de los bienes de la comunidad, tenían injerencia en todo aquello que se relacionara con los intereses económicos del común y con los intereses fiscales de la 44 Ignacio del Río, La Aplicación Regional de las Reformas Borbónicas en Nueva España: Sonora y Sinaloa 1768-1787 (México: Universidad Nacional Autónoma de México, 1995), 92-93. 45 Ibíd., 302-306. 46 López y del Río, “La Reforma Institucional”…, 298.
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