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Como parte importante de los acuerdos de esta ley, se formó el Consejo Estatal para 30 la Protección de las Madres Jefas de Familia , cuyo objetivo es la elaboración de propuestas y la evaluación de las políticas, programas y acciones en materia de protección a 31 las madres jefas de familia. A la par se asignaron las siguientes funciones: 1. Definir las políticas orientadas al desarrollo y mejoramiento de las condiciones de vida de las madres jefas de familia. 2. Participar en la evaluación de programas para las madres jefas de familia; así como proponer a las instituciones encargadas de dichos programas, los lineamientos y mecanismo para su ejecución. 3. Proponer alternativas para mejorar los servicios públicos que reciben las madres jefas de familia. 4. Proponer la creación de fundaciones, asociaciones e instituciones privadas que tengan por objeto la protección y atención de las madres jefas de familia. 5. Recibir y canalizar a las instituciones competentes las quejas y sugerencias sobre la atención que éstas brinden a las madres jefas de familia. 6. Desarrollar y promover la investigación sobre las madres jefas de familia y sus hijos menores de edad, así como la evaluación de la implementación e impacto de las políticas y acciones que esta ley genere, para lo cual todas las dependencias de la administración pública estatal estarán obligadas a informar al Consejo Estatal. 30 En el portal del Congreso del Estado de Sonora no existe información disponible de quiénes son las personas que conforman este Consejo. 31 H. Congreso del Estado de Sonora. “Ley de Protección a Madres Jefas de Familia”. (último acceso: 24 de octubre de 2013). Disponible en http://www.congresoson.gob.mx/Leyes_Archivos/doc_215.pdf 64
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