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Como prueba de que las autoridades no retiraron los vehículos de las calles se encuentra que si dicha disposición se hubiera cumplido la ciudad queda inmovilizada. Es decir, las sanciones con las que las autoridades correspondientes amenazan o advierten a los concesionarios se encuentran fuera de su mismo alcance, son inoperables. Ya que en caso de paralizar las labores no existe alguien que pueda brindar el servicio. Es así como las autoridades, según la información obtenida a través de Infomex, señalan sanciones monetarias a los concesionarios y no de otro tipo como lo es el retiro de concesión. 5.4. Los acuerdos como última alternativa Como se dijo anteriormente, con la puesta en marcha del servicio público de transporte subsidiado por el Gobierno del Estado la relación entre autoridades y concesionarios se complejizó en gran medida. Y ante el incumplimiento surgieron las iniciativas de firmar convenios de colaboración cuyo propósito fue en su momento mejorar la calidad del servicio mediante la definición de nuevos acuerdos entre los actores involucrados. Para el desarrollo de este apartado es pertinente contextualizar la situación poco antes de que fuera publicada en el Boletín Oficial la Norma Técnica NT-001-DGT-2011 en mayo de 2012. Tres meses antes, en febrero, el Gobierno del Estado ante la falta de entrega del subsidio, lo cual reconoce en la firma de los acuerdos, se ve en la necesidad de establecer calendarios para dicha tarea; algo que definitivamente se debió haber realizado desde un comienzo. En la tercera cláusula del “Convenio de concertación para la entrega de los recursos de subsidio […]”; autoridades de gobierno y la mesa directiva de la empresa SICTUHSA, “reconocen que la falta en la oportunidad en la entrega del subsidio referido así como de la aplicación del mismo, se deriva de la falta de reglas de operación claras / especificas que determinen la forma en que debe efectuarse el cálculo del importe de tal subsidio, así como 128

