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definido como la “súplica o proposición motivada,…a los Príncipes y superiores”
(DA.2000, Vol. III, 584). Sin embargo, ya en el México independiente, esta práctica se ligó
al denominado “derecho de petición” sustentado en los derechos soberanos de los pueblos y
que legitimaba a los pronunciamientos, con lo cual cambió radicalmente su carácter de
petición de un súbdito a derecho del pueblo a demandar de sus gobernantes; en 1837 la
representación se describía como “la súplica o proposición apoyada en documentos”
(DRAE 1837, 649).
Era usual que las representaciones aparecieran en el formato de actas, en las que se
presenta a los vecinos-ciudadanos reunidos, tomando decisiones y firmando el texto que
expresaba su sentir. Estas actas se reproducían en los periódicos, tanto locales como de
otras partes del país.
Como ya se apuntó anteriormente, desde 1835 inició en toda la república una oleada
de manifestaciones a favor de un cambio de sistema de gobierno, dando paso a la
instauración del centralismo. Aun cuando en Sonora se apoyó este tránsito, diversas
publicaciones exigían mayor autonomía administrativa, honestidad de funcionarios y jefes
militares designados por los ministerios, apoyos del centro para controlar el problema de las
tribus bárbaras, entre otras. 245 Durante 1837, cuando la amarga experiencia en Texas cundió
el país, el sistema centralista empezó a ser criticado. En Sonora, sus vecinos continuaron
elevando representaciones al poder ejecutivo relatando la desdicha por falta de recursos e
inseguridad que provocaba la incursión apache y las revueltas indígenas del interior.
La representación del 16 de septiembre de 1837 en Arizpe expresó que aun cuando
los sonorenses padecían “un feudalismo” por habitar un territorio lejano de la capital y esta
condición se agravaba por la indiferencia del gobierno central, no aspiraban protagonizar
245 En ese sentido destaca el texto de Ignacio Zúñiga, Rápida ojeada al estado de Sonora, publicado en 1835.
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