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defunción. ¿Cómo explicar lo anterior? Razones que se pueden señalar son conjeturas que
habría que corroborar. Por ejemplo, que la vacuna llegara más rápidamente a ellas, ya fuera
porque sus residencias estaban más accesibles, porque los padres entendían mejor los
beneficios de la misma o porque los encargados de aplicarlas priorizaran a estos sectores.
Otro argumento, es que los menores enfermos de viruela en estas familias eran mejor
atendidos con alimentos, comodidades domésticas y supervisión médica. De tal manera que
pareciera que la muerte ocasionada por la viruela eludía a las familias de notables y se
concentraba en los sectores menos favorecidos de la sociedad sonorense a finales del siglo
XIX.
Figura 59. Defunciones por viruela en Hermosillo que pagaron entierros de
segunda (primeros seis) y primera clase (el último), 1869
Difunto Edad en años Padre Madre
Ysabel 2 Martin Vega Francisca Laguno
Carmen Palmer 1 Jesús Palmer Ramona Carranee
Carlota 0.25 Eduardo Duarte Trinidad Contreras
Elena 3 Cándido Padilla
Miguel Murray 15 Domingo Murray Dolores Salazar
Joaquín Cana 30
Francisco 1 Francisco Córdova Da. Josefa León
Fuente: ARCES, Hermosillo, Libro de actas de defunciones, 1868-1869.
4.8. Acciones sanitarias
La legislación previa a la epidemia de 1869, marcó los parámetros en torno a los cuales se
organizó la atención a la salud pública. En Sonora, fue la normatividad establecida por las
Cortes de Cádiz la que más influyó en el tema de la salubridad. En primer lugar, porque la
Constitución de 1812 dejó como la primera atribución de los ayuntamientos “la policía de
salubridad y comodidad” (Tena 2002, 96). Este lineamiento se desarrolló en el decreto de las
Cortes de Cádiz de fecha 23 de junio de 1813, titulado “Instrucción para el gobierno
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