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                  Norma de Protección Civil”, de la que hablaba Daniel Káram, era precisamente la Ley 161
                  de  Protección  Civil  Estatal  que  promulgó  Willebaldo  Candiani  Alatriste,  Director  de  la


                  Unidad de Protección Civil Estatal en el periodo del 2003 al 2009, la cual emite disposiciones

                  para la Unidad Estatal de Protección Civil y para la Unidad Municipal; según esta norma la


                  guardería entraba en la competencia directa de Protección Civil Municipal, ya que tenía una

                  construcción menor a los 1500 metros cuadrados,  sin embargo, el artículo 43 de esta ley


                  también faculta a la Unidad de Protección Civil Estatal a realizar visitas de inspección a

                  establecimientos, a fin de verificar el cumplimiento de las disposiciones en la materia.



                   Estas inspecciones para las que estaban facultadas, tanto la unidad municipal como la estatal,

                  suponían ser extras a las solicitudes llamadas de “parte” que establecía la misma Ley 161 en

                  el artículo 37, y también las establecía el Reglamento de la Ley Municipal de Protección


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                  Civil  en el artículo 8, donde se señalaba que los usuarios de los inmuebles debían solicitar
                  una inspección a Protección Civil Municipal cada año; inspección que si fue solicitada por


                  los  socios  de  ABC  y  fue  realizada  por  Protección  Civil  Municipal,  aprobando  todas  las

                  condiciones de la inspección. Algunas dudas surgen ante estos hechos, en primer lugar ¿por


                  qué no se le hicieron a la Guardería ABC visitas extras a estas inspecciones de “parte”, y en

                  segundo lugar ¿por qué las revisiones a petición de “parte” realizadas por Protección Civil

                  Municipal eran aprobadas, si  las autoridades  judiciales evidenciaron  que la guardería no


                  contaba con las medidas adecuadas de seguridad?


                  De nuevo, las fallas en el sistema y el diseño de los reglamentos son la respuesta. Aunque la


                  Ley 161 en el artículo 13, fracción  XIX, establecía que Protección Civil Municipal sí podía





                  45  http://www.sec-sonora.gob.mx/saludyseguridad/uploads/LEY161DEPROTECCIONCIVIL23032010.pdf
                  46  %20para%20la%20prevencion%20y%20seguridad%20civil%20del%20municipio%20de%20Hermosillo.pdf

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