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Con respecto al registro de los nacimientos ante el juez civil, la revisión de los libros

                  de actas de la ciudad de Hermosillo revela esta condición irregular. En 1883, por ejemplo,


                  sólo existieron 21 registros, todos de parejas unidas a través del matrimonio civil y con una

                  marcada extemporaneidad.  109  Esta característica se mantuvo para 1884 y 1885, cuando se


                  reportaron  25  y  70  menores,  respectivamente.  El  aumento  en  1885  es  consecuencia  de

                  situaciones especiales como el registro múltiple que realizaron Jesús Guandurraga y Pascuala


                  López, quienes el 10 de octubre de 1885 presentaron a sus hijos nacidos en 1870, 1874, 1878,

                  1880 y 1882.

                         Aparentemente  este  incumplimiento  de  la  ley  de  registro  civil  en  el  caso  de  los


                  nacimientos no distinguía niveles o posiciones sociales. Por esto, así  como aparece José

                  Camou registrando a su hijo con 11 meses de edad o Jesús Guandurraga con sus cinco hijos


                  entre los 3 y 15 años, también se reportan nacimientos como el de Hortencia Corral, hija de

                  Ramón Corral y Amparo V. Escalante, quien fue presentada entre el juez a los cinco meses


                  de  edad  el  24  de  mayo  de  1894.  Hacia  finales  del  siglo  XIX  son  bastante  comunes  los

                  registros múltiples que buscan “regularizar” a los menores; por ejemplo, el 12 de noviembre


                  de 1896, Eduardo D. Muñoz y Carmen Gutiérrez registraron a sus cinco hijos (nacidos entre

                  1888 y 1896) y el 27 de diciembre de 1900, Joaquín Loustaunau Muñoz y Dolores Corral


                  Verdugo registraron un par de menores: Enrique, de quien no se indica fecha de nacimiento,

                  y Eduardo, nacido en 1895.

                         Esta irregularidad de los nacimientos y matrimonios es menos intensa para el caso del


                  registro  de  las  defunciones,  pues  en  este  ámbito  la  legislación  se  imponía  sobre  la







                  109  El 18 de diciembre de 1883 se registró al niño Alfonso Camou, hijo legítimo de José Camou y Emilia Camou,
                  quien nació once meses antes, el 15 de enero de 1883.

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