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Verificar el cumplimiento de las disposiciones de esta Ley, normas oficiales mexicanas y demás ordenamientos jurídicos en materia de residuos sólidos urbanos e imponer las sanciones y medidas de seguridad que resulten aplicables. Efectuar el cobro por el pago de los servicios de manejo integral de residuos sólidos urbanos y destinar los ingresos a la operación y el fortalecimiento de los mismos. Asimismo, la SEMARNAT clasifica a los residuos en tres tipos: peligrosos, sólidos urbanos y de manejo especial, con el propósito de elaborar los inventarios correspondientes, y orientar la toma de decisiones basada en criterios de riesgo y en el manejo de los mismos. De esta clasificación, se subclasifica a los residuos sólidos urbanos en orgánicos e inorgánicos con el fin de diseñar los planes de manejo de conformidad con los criterios establecidos en las normas oficiales mexicanas. En el Artículo 35 se establecen las bases de la participación social para lo cual se requiere que el Gobierno Federal, las entidades federativas y los municipios, en la esfera de su competencia, fomenten la participación de todos los sectores de la sociedad en la prevención de la generación y gestión integral de residuos, además de promover su participación en la formulación e instrumentación de políticas ambientales. De igual, forma esta Ley establece que para determinar la ubicación, diseño, construcción y operación de rellenos sanitarios u otras instalaciones de disposición final de los residuos sólidos urbanos deberán de acatar lo dispuesto en las normas oficiales mexicanas. En el Artículo 100 se establecen las prohibiciones en relación con la generación, manejo y disposición final de residuos sólidos urbanos como son: verter residuos en la vía pública, predios baldíos, ductos de drenaje y alcantarillado, áreas naturales protegidas y zonas de conservación ecológica; zonas rurales y lugares no autorizados por la legislación aplicable e incinerar residuos a cielo abierto. 2.1.6. Norma Oficial Mexicana NOM-083-SEMARNAT-2003 Esta Norma establece las condiciones que deben reunir los sitios destinados a la disposición final de los residuos sólidos municipales con el fin de proteger el ambiente, preservar el equilibrio ecológico y minimizar los efectos contaminantes. 51

