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una copia para resguardo de la misión y el original para el gobernador de la Intendencia. Todo se guardó en Una pieza de la casa del misionero a dos llaves…tendrá usted una en su poder y la otra con la del gobernador. Cuando ambos a la falta que hiciere encargándole al gobernador y al alcalde tengan especial cuidado de los ganados, reses y bienes de campo pertenecientes a la misión para que no padezcan detrimento alguno, igualmente embargará la llave de la troje de las semillas para que con cuenta y razón vaya sacando lo que se necesite para ración de peones y vaqueros que cuidan los expresados bienes, para que también llegando 168 la siembras se racionen los hijos que trabajan en la misma. Los misioneros franciscanos comisionados en la región de las pimerías, recibieron una serie de instrucciones por orden del Rey y del santo discretorio del colegio de la Santa Cruz, teniendo por obligación poner en práctica el nuevo método de administración de las misiones existentes y las que se establecieran, tendiente a proteger a los indios y darle un lugar en el nuevo proyecto de sociedad que se pensó implementar durante la expulsión de los jesuitas. Entre las cuestiones básicas del método, se contó al menos por escrito, con el respeto irrestricto a los indios para ejercer el “trato civil, comunicación, comercio y vecindad con los españoles, el que posean sus bienes, frutos y efectos en particular y privado dominio”. 169 En caso de que los indios opusieran resistencia a la enseñanza de la doctrina cristiana, se prohibió el uso de cualquier otro recurso para corregirlos, siendo sólo el de avisar al padre presidente para que valorara la mejor manera de pacificación, si el caso se tornaba incontrolable, el santo discretorio tendría que ser informado, teniendo este la necesidad de solicitar a los justicias reales el castigo requerido para los indios. 170 Pasado un tiempo de hacerse cargo de las comunidades y haber adquirido conocimiento del entorno social y geográfico, los padres enviaron informes precisos de la situación de los grupos de indios gentiles no congregados, explicando los medios necesarios para ser 168 AFSCQ. Documento 3, legajo 27, letra K, agosto de 1767. Real presidio de Santa Gertrudis del Altar. Lo firma Bernardo de Urrea 169 AFSCQ. Documento 3, legajo 14, Letra K, 4 de agosto de 1767, firmado por el santo discretorio: fray Juan Hernández, fray Juan Salazar, fray José María de Ledesma, fray Sebastián Flores Juárez, fray José Antonio Bernard, fray Miguel Pinilla, fray Hermenegildo Villaplana.. 170 AFSCQ. Libro de patentes, legajo 25. Lo firma el padre guardián del Colegio fray Romualdo de Cartagena en el año de 1772. patente 4, firmado por el padre guardián del Colegio fray Diego Jiménez , el 20 de julio de 1777

