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Otra de las funciones del gobernador o alcalde, aparte de representar a sus pueblos ante las autoridades eclesiásticas, también lo hicieron ante las autoridades civiles y militares de la provincia, cuando se vieron despojados de sus tierras, como en el caso de Imuris pueblo de visita de la misión de San Ignacio de Caborica, donde el justicia gobernador pima Juan Manuel Peña, envía una representación en 1801 a Francisco Paola Ridulfo, juez de residencia, solicitando por derecho las tierras de Imuris como propiedad de la misión ante la declaratoria del Intendente Enrique de Grimarest, que señalaba que dichas tierras podrían ser pobladas por vecinos sin que la gente de su jurisdicción se opusiera, ya que permanecían desiertas por motivo de las invasiones […] aunque en dicho decreto no parece le concede dicho señor dominio de propiedad de las tierras y demás cosas pertenecientes a dicho pueblo, con todo lo defienden como propios y no sólo los pertenecientes del pueblo, sino que defienden también como propios cuatro sitios de ganado mayor que esta misión de San Ignacio tiene registrados y pagados al Rey N.S sus derechos como consta en los papeles que acompaño…en nombre de los indios nativos de dicho pueblo de Imuris y en nombre de la misión pido y suplico a usted se sirva declarar (si hubiere lugar a derecho) si los indios descendientes de Imuris presentes y futuros tienen y tendrán en adelante derecho de sus tierras y casas y si la misión podrá disfrutar y usar de los sitios que en dicho pueblo de Imuris tiene registrados y 178 pagados [...] . Me parece interesante que las misiones, si no todas al menos la de san Ignacio contó con títulos o mercedes otorgadas por el Rey, documentos que justificaron y sustentaron la demanda en contra del decreto de Grimarest, considerado un acto por demás violatorio de los derechos de los indios sobre la propiedad de la tierra, pero que pone al descubierto una de las estrategias más recurridas para desplazar y quitarles sus pertenencias a los indios y a la misión para favorecer a los vecinos y españoles que de manera rápida y segura podían gestionar sus títulos de propiedad. 178 AFSCQ. Documento 19, legajo 27. representación firmada por el padre José Pérez a ruego de Juan Manuel Peña gobernador de San Ignacio en diciembre de 1801.

