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El servicio público de transporte urbano de la ciudad de Hermosillo: Análisis de los procedimientos administrativos de la concesión 1982 – 2004. Estos eventos son importantes dentro nuestro trabajo de investigación ya que el análisis que efectuamos de tales procedimientos administrativos nos permite verificar tanto la hipótesis principal del presente estudio, como la hipótesis secundaria que resulta del mismo. Los resultados obtenidos del estudio practicado a 30 expedientes administrativos correspondientes a igual número de concesionarios del servicio de transporte urbano de la ciudad de Hermosillo, cuya finalidad fue verificar la correcta aplicación de procedimientos administrativos en el otorgamiento de concesiones, nos revela que: De los 30 expedientes analizados, 17 concesiones debieron haberse regularizado bajo los lineamientos que marca la Ley 56 de Transporte que es la ley en donde el Estado asume la rectoría del transporte. En virtud de que dichos expedientes no cuentan con los antecedentes legales que nos permitan determinar si los procedimientos administrativos de concesión o regularización se llevaron a cabo en buen término, en estricto apego a la ley, concluimos que dichas concesiones son improcedentes. En el periodo que comprende la investigación, se otorgaron 13 concesiones, 9 de las cuales se realizaron en el marco de la Ley 56 de transporte y 4 bajo el amparo de la Ley 120 de transporte. Analizando el primer caso, nos encontramos que en los 9 expedientes no se encontraban los antecedentes que nos permitieran evaluar los procedimientos. Ante la falta de ellos, suponemos la improcedencia del otorgamiento de tales concesiones. Con respecto al segundo caso, las cuatro concesiones incumplían con lo enunciado por la ley, y aún sin embargo se autorizaron. En dicho estudio se presenta una frecuencia de 47 trámites de cesión de derechos, de los cuales, 13 trámites se realizaron de acuerdo a la normatividad de la Ley 56 de transporte 148

