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El servicio público de transporte urbano de la ciudad de Hermosillo: Análisis de los procedimientos administrativos de la concesión 1982 - 2004 …continuación Tabla 2 Evolución jurídica-institucional del servicio público de transporte en Hermosillo.  Se consideran el establecimiento de Centrales y Terminales.  Se designan sucesores de la concesión.  Se establecen los procedimientos administrativos.  Ya no se consideran a las concesiones como patrimonio familiar.  Servicio de primera y segunda clase. 18-06-1984 56 Ley de Transporte para el Estado de  El servicio público de transporte urbano se Sonora. concesiona a través de declaración de necesidades.  El Gobierno del Estado asume el control del transporte público.  Se mantiene en esencia la estructura de la Ley 76.  El Municipio deja de ser autoridad de transporte.  La DTE se transforma en la Dirección General de Transporte.  Se establece una vida útil de 10 años para las unidades.  Se establecen las paradas de los camiones.  Se establecen los derechos de los usuarios.  Se establecen mecanismos de control de pasaje a través del sistema de boletos.  Los usuarios cuentan con seguro de pasajeros.  Las concesiones se revalidan anualmente.  Las concesiones se transfieren o se pueden arrendar por causas de incapacidad física. 20-07-1992 120 Ley de Transporte para el Estado de  Las concesiones se otorgan mediante el trámite Sonora. de la solicitud y a discreción del Ejecutivo del Estado.  Se establecen un máximo de concesiones por personas físicas (tres) y para personas morales (cinco).  Las concesiones se pueden ceder, rentar previa autorización de la DGT.  La Secretaría de Infraestructura Urbana y Ecología dictamina la procedencia de la solicitud de concesión.  Se designa a menor de edad como sucesor de la concesión.  Desaparece la Comisión Consultiva de Transporte 75
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