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prevención de incendios de la norma NOM-167, dichos formatos sólo contenían un apartado
de seguridad e higiene, cuyos lineamientos de seguridad solo pedían rellenar una casilla si la
guardería contaba con puertas de emergencia (no mencionaba especificaciones), extintores,
detector de humo y nada más; no contemplaban la revisión de materiales de construcción, ni
de detalles en el equipo de seguridad.
Se determinó que estos formatos no eran herramientas operativas suficientes para que las
coordinadoras de zona realizaran un control efectivo sobre aspectos de seguridad y
protección civil, por la falta de lineamientos concretos a observar, pues no estaban diseñados
para hacer cumplir la disposiciones de prevención de incendios (Encinas, 2014, p. 76) (ver
formato de supervisión en anexo 4). En otras palabras las guarderías aprobaban las revisiones,
más no la normatividad en materia de seguridad. El IMSS para la supervisión e inspección
de las guarderías utilizaba, a partir de 2007, los formatos llamados Directrices para la
supervisión-asesoría en guarderías y guías técnicas de supervisión de la operación en
guarderías. Estos manuales fueron emitidos por la coordinación de guarderías cuya dirección
de 2007 a junio de 2009 ocupó Karla Rochín Nieto y por su superior, el Jefe de Prestaciones
Económicas y Sociales, Sergio Antonio Salazar. Además, las supervisoras de las guarderías
no recibían capacitación en cuestiones de seguridad, pues ellas sólo se encargaban de revisar
cuestiones sobre la supervisión del cuidado de los niños (p. 75).
Arturo Leyva Lizarraga, Delegado del Seguro Social en Hermosillo, en su declaración
ministerial, el 11 de junio del 2009 ante el agente del ministerio público de la federación
titular de la mesa quinta, con número de expediente de averiguación previa
AP/PGR/SON/HER-V/690/09, aseguró que las personas que llevaban a cabo las revisiones
de las guarderías no tenían adiestramiento o capacitación relacionada con la seguridad, sólo
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