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debe, a que el concepto clásico de delincuencia, como cuestión simplemente de “seguridad pública”, tenía un fuerte arraigo institucional dentro de los actores institucionales. Como señalan Douglass North, Mary Douglass, Powell y Di Maggio para que exista el cambio institucional, debe haber una estabilidad en la institución que pretende cambiarse. El narcotráfico, antes de su redefinición era legítimamente considerado como un tipo más de delincuencia, y la manera en que se le enfrentaba era estable dentro de las organizaciones. Luego entonces, para que haya cambio, la institución estaba plenamente estable y arraigada en los actores institucionales. Consecuencia del narcotráfico como cuestión de seguridad nacional fue el fenómeno de la militarización en funciones de policía. Como podremos ver más adelante, el gradual empoderamiento del Ejército en la lucha contra el narcotráfico es síntoma de cambio institucional derivado de la multicitada redefinición: hay una movilización y transformación del poder humano dentro de las organizaciones encargadas de ejecutar las instituciones (Acosta, 2002: 27). Es decir, ahora la PGR no debe enfrentar sola el problema, sino que debe compartir poder con otro actor institucional. De igual forma, el que México considere el narcotráfico como una cuestión de “seguridad nacional”, es ejemplo del cambio incremental establecido por North, ya que estos actores institucionales, (agencias de seguridad pública, mexicanas y estadounidenses, al mismo tiempo), se involucraron en un nuevo contexto institucional, que les permite, hasta la fecha tener negociaciones diferentes y adquirir compromisos que antes no se tenían, como lo es el intercambio de información, la cooperación bilateral e incluso la operación de agentes norteamericanos en territorio nacional. Sin embargo, la pretensión de México era el no ser coaccionado por alguno de los métodos con los que cuenta Estados Unidos, como lo eran las sanciones 58

