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El servicio público de transporte urbano de la ciudad de Hermosillo: Análisis de los procedimientos administrativos de la concesión 1982 - 2004 civiles; b) Tener por lo menos una residencia efectiva en el Estado, conforme a lo establecido en la Constitución Política Local; c) No ser titular de ninguna otra concesión de servicio público de transporte; d) No ser funcionario o empleado de las administraciones Federal, Estatal o Municipal, así como funcionario o empleado del sector paraestatal. 2. Las personas morales para obtener concesión deberán acreditar: a) Que los socios que las integren reúnan los requisitos del capítulo anterior; b) Que estén debidamente constituidas conforme a las leyes que las rigen; c) Que su capital social esté representado totalmente por acciones nominativas; d) Que su objeto social sea la explotación del servicio público de transporte. En lo que corresponde al orden preferente para el otorgamiento de concesiones de servicio público de transporte, éste sufre una serie de modificaciones respecto a la Ley Número 59. Una de ellas, quizás la mas significativa es que aparecen en primer lugar “Sociedades cooperativas cuya constitución tenga por objeto principal la explotación del servicio de transporte y sus socios sean asalariados del servicio”;la segunda en orden de preferencia corresponde a las “Personas morales que tengan por objeto principal la explotación del servicio público de transporte, que estén debidamente constituidas y que reúnan las exigencias del artículo 83 de la ley, cuyos miembros sean trabajadores del servicio público con antigüedad no menor de cinco años que pueden brindar y garantizar oportunamente el servicio” y finalmente, “Las personas físicas que reúnan los requisitos del artículo 82 de la ley y además sean trabajadores asalariados del servicio público de transporte de acuerdo con el orden de su antigüedad”. Otra de las aportaciones en materia de organización del servicio público de transporte, es el rediseño del Procedimiento Administrativo para el Otorgamiento de Concesiones. Dicho procedimiento tiende a transparentar la forma que tiene que seguirse 57
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