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El servicio público de transporte urbano de la ciudad de Hermosillo: Análisis de los procedimientos administrativos de la concesión 1982 - 2004 año y no son vitalicias como suponían muchos concesionarios. El hecho de pagar los derechos fiscales correspondientes de acuerdo a la presente ley revalida la supuesta “propiedad” que de dicha concesión tienen el concesionario. Otra de las disposiciones en el servicio transporte público que aporta la Ley 56 es la determinación de lugares específicos en las vías públicas donde los usuarios del servicio de transporte puedan ascender y descender de las unidades de transporte. Prácticamente nacen las coloquialmente llamadas “paradas” del servicio público de transporte, el cual viene a ser un concepto muy distinto a lo que establecía la Ley No. 25 de 1937. Los derechos de los usuarios del servicio público de transporte es un eslabón más en el proceso de institucionalización del mencionado servicio. Los usuarios son la razón de ser del servicio público de transporte y hasta ahora después de muchos años son tomados en cuenta y son protegidos. Son derechos de los usuarios: a) Ocupar hasta el término de su viaje los asientos que les sean asignados; b) A exigir a los operadores y concesionarios de las unidades la observancia de lo dispuesto en la ley y sus reglamentos; c) A llevar consigo por concepto de equipaje un máximo de 15 kilogramos; y d) Contar con un seguro de viajero. El establecimiento de un mecanismo de control de ingresos a través de los boletos representa un aporte de suma importancia en el funcionamiento y operación del servicio de transporte de acuerdo a la Ley 56. Dicho mecanismo le permite al concesionario saber con cierta aproximación la utilidad que le produce prestar el servicio de transporte. Asimismo, el boleto amparaba al usuario respecto de cualquier percance que pudiese ocurrir en el transcurso del recorrido del transporte público. Pero a su vez, el establecimiento de sistema de boletos provocó inconformidades tanto en concesionarios, usuarios y choferes. En los concesionarios porque no se reflejaba a 65
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