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101 política que religiosa y ayuda a desprenderse de las instituciones conservadoras de Roma para dar paso a una nueva concepción cristiana de la política. 4.5. El Constitucionalismo, absolutismo y revolución. Skinner analiza en esta parte de la Europa protestante el origen del constitucionalismo, donde Jean Gerson (1363-1429) es el primero en insistir en que toda comunidad donde el gobernante está “por encima de la ley” no es una sociedad auténticamente “política” en pleno sentido, pues todo gobernante debe gobernar siempre “para el bien de la república” y “de conformidad con la ley” (Skinner 1993, 2:123). Así pues, debido al análisis intertextual de dilucidación contextual, se rastrean autores que no se les había dado el valor histórico que merecen, encontrando así orígenes más remotos del pensamiento político moderno y pudiendo clarificar sus bases epistemológicas. Los sorbonistas como el escocés John Mair (1467-1550) insistieron en que la autoridad política no sólo se deriva del cuerpo del pueblo, sino que es inherente a él. Para ellos, la condición de un gobernante nunca puede ser la de soberano absoluto, sino tan solo la de un ministro o funcionario de la república (Skinner 1993, 2:126). Mair y su alumno Jaques Almain afirmaron la implicación de que cualquier gobernante que no gobierne apropiadamente puede ser legítimamente depuesto por sus propios súbditos (Skinner 1993, 2:128). Vemos así como estos pensadores que escribieron a inicios del siglo XVI ya tenían idea de un gobierno limitado por leyes, así como de la soberanía popular. Es a través del contexto skinneriano como se pueden también rastrear los inicios del constitucionalismo en la etapa de gran crisis en la Iglesia católica, el intertexto descubre los objetivos originales de las teorías fundadoras.

