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puro, habitaciones iluminadas, agua pura, alimentos sanos, medicinas puras, habitaciones

                  sobre  suelos  secos  y  bien  canalizados,  separación  de  desechos,  evitar  aglomeraciones


                  humanas, aislar hombres o animales con enfermedades transmisibles, cuidar la educación

                  física y cultivar el espíritu. Como soporte de lo anterior, se refieren los casos exitosos de


                  Inglaterra,  Francia,  Suiza  e  Italia,  donde,  “luego  de  poner  en  vigor  leyes  sanitarias,  la

                  mortalidad ha descendido rápidamente”.


                         Una  de  las  novedades  del  Código  es  la  relevancia  que  le  asigna  al  individuo,  al

                  respecto, aseguro que “si todos los habitantes conocieran y practicaran las reglas de la higiene

                  privada, las poblaciones ganarían mucho en salubridad”. Para el cabal cumplimiento de sus


                  planteamientos, este instrumento normativo demanda la existencia de “ciudadanos activos”,

                  es  decir,  individuos  que  se  conviertan  en  factores  de  acción  (aplicación)  de  los  marcos


                  legales.

                         La  secularización  de  los  cementerios,  consecuencia  de  las  Leyes  de  Reforma,  le


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                  asignó al estado la responsabilidad de regular el “destino final” de las personas.  Por lo
                  anterior, el Código dedica algunas líneas a especificar las características que deben cumplir


                  los cementerios, entre las que destacan: ubicarse fuera de la ciudad, en un punto opuesto a

                  los vientos dominantes, cuando menos a dos mil metros de distancia de las últimas casas y


                  de  manera  que  sus  filtraciones  no  mancillen  las  aguas  potables;  también,  prohíbe  la







                  39  El 15 de mayo de 1877, la Gaceta Médica de México (tomo XII, número 10, p. 196) publicó un artículo
                  titulado “Panteones”, en donde señala la falta de atención a los cementerios de la ciudad de México. De manera
                  textual, indica: “El mal estado en que se encuentran todos los de la capital demandan un pronto remedio por
                  parte del ayuntamiento. (…) Es indigno de la cultura de México, y de los adelantos de la ciencia, ver convertido
                  en panteón un terreno fangoso, levantado con las basuras de la ciudad, que extiende sus filtraciones a grandes
                  distancias, infectando las aguas de las acequias y ocasionando gravísimos males a los vecinos. Si algún gasto
                  pudiera hacer el ayuntamiento que mereciera el aplauso de todos, sería el de erigir una gran necrópolis, hecho
                  con todas las reglas higiénicas, en donde sin perjudicar a la salubridad, pudieran inhumarse los cadáveres de la
                  capital”.

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